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El programa P-2 es un programa de reasentamiento del Gobierno de Estados Unidos para personas refugiadas, dirigido a categorías específicas de personas con ciudadanía afgana y sus familiares inmediatos, quienes pueden estar en riesgo dada su afiliación con Estados Unidos en el territorio. Hasta el momento se tienen tres categorías:

  • Prioridad 1. Casos individuales referidos por entidades (Embajadas u Organismos No Gubernamentales designados).
  • Prioridad 2. Grupos especiales designados por el Departamento de Estado, por sus circunstancias especiales que se mencionaron anteriormente.
  • Prioridad 3. Casos individuales a los cuales se les brinda acceso por tema de reunificación familiar de personas que ya están en los Estados Unidos.

Para más información sobre las categorías de prioridad, consulta el siguiente enlace.

 

¿Soy elegible?

Eres elegible en ser considerado para el reasentamiento bajo el programa P-2, si tu nacionalidad es afgana y trabajas actualmente, o has trabajado anteriormente:

  • Para una Organización No Gubernamental con sede en EE. UU.
  • Para una organización de medios de comunicación con sede en EE. UU.
  • En una subvención del gobierno de los EE. UU., o un acuerdo de cooperación, incluso si no fue empleado directamente por una organización con sede en los EE. UU.
  • Para un contratista del gobierno de EE. UU.
  • Como intérprete o traductor para el gobierno de EE. UU., Fuerzas de EE. UU. en Afganistán (USFOR-A), ISAF o Resolute Support

El programa P-2 está diseñado para la ciudadanía afgana que no es elegible para una visa de inmigrante especial (SIV) y, a diferencia de SIV, no existe una duración mínima de empleo para ser elegibles.

 

¿Qué más necesito saber sobre la elegibilidad?

El programa P-2 es parte del Programa de Admisión de Refugiados de EE. UU. (USRAP), lo que significa que tendrás que ser admitido como refugiado según la ley de inmigración de EE. UU.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) provee lineamientos para saber qué personas afganas pueden solicitar la Visa Especial de Inmigrante, la cuál depende de su vinculación con el gobierno estadounidense. Se debe de enviar la solicitud al National Visa Center antes del 31 de diciembre del 2022.

 

Mi situación es urgente. ¿Qué tan rápido puedo salir del proceso P-2?

Es importante saber que el programa P-2 no es una vía para salir de Afganistán. Es un programa de reasentamiento para personas que viajan a los EE. UU. desde un "país de asilo", es decir, un país vecino o cualquier otro país al que puedas huir, y donde EE. UU. pueda realizar el proceso de reasentamiento P-2: esto significa que tienes que estar fuera de Afganistán para que se complete el proceso. Sin embargo, puedes comenzar el proceso de solicitud de la P-2 mientras aún te encuentras en Afganistán.

Una vez que inicie la solicitud P-2, el proceso completo puede demorar entre 12 y 14 meses, o más.

Es importante saber que, incluso si eres elegible para el programa P-2 y viajas fuera de Afganistán para completar el proceso, no hay garantía de que tu solicitud sea aprobada. Las personas que solicitan el reasentamiento de refugiados en los EE. UU. atraviesan por un proceso extenso, que incluye múltiples controles de seguridad, y tu solicitud puede ser denegada.

 

Bien, entonces para el programa P-2 tengo que salir de Afganistán por mis propios medios. ¿Importa a qué país voy o cómo ingreso?

USRAP puede procesar casos de reasentamiento P-2 en muchos países, pero no en todos. Los casos se pueden procesar en India y Pakistán, pero no en Irán o Turquía.

Para efectos del programa de reasentamiento de Estados Unidos, no importa si sales de Afganistán por medios formales (con una visa) o de manera irregular, sin embargo, viajar de manera irregular puede, por supuesto, ser peligroso, y debes considerar la seguridad y los riesgos en tus opciones.

 

¿Cómo me inscribo?

No puedes postularte directamente al programa P-2: tu empleador o un funcionario estadounidense involucrado en el programa en el que trabajaste, debe presentar una solicitud en tu nombre. Tu función es verificar su historial laboral y hacer una derivación al gobierno de los EE. UU.; a pesar de que hacen la remisión, no pueden tomar decisiones sobre quién es seleccionado para el reasentamiento, ni para ofrecer visas o cualquier otra garantía, eso sólo lo pueden hacer los funcionarios de inmigración de EE. UU.

Si deseas que te consideren para el reasentamiento bajo el programa P-2, puedes comunicarte con tu empleador actual o anterior, o con el equipo estadounidense involucrado en el programa en el que trabajaste (si era un contratista o trabajaba con una subvención del gobierno de los Estados Unidos). Mientras esperas, puedes comenzar a recopilar los siguientes documentos que, eventualmente, necesitará la persona que te remitió:

  • Documentos para establecer la identidad, como pasaporte, DNI/taskera y certificados de nacimiento
  • Documentos para establecer relaciones, como actas de matrimonio, divorcio, defunción y/o nacimiento
  • Documentos para establecer antecedentes laborales, como credenciales de empleo y declaración jurada del empleador

 

¿Qué pasa si también he solicitado una visa SIV?, ¿puedo solicitar P-2?, ¿es uno mejor que el otro?

El programa P-2 fue creado para personas que no son elegibles para el programa SIV, sin embargo, no existe ninguna restricción actual contra la solicitud de ambos.

 

 

Fuentes:

Special Immigrant Visas for Afghans - Who Were Employed by/on Behalf of the U.S. Government. U.S. Department of State. https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/immigrate/special-immg-visa-afghans-employed-us-gov.html

USCIS Provides Guidance on Afghan Special Immigrant Parolee and LPR Status. AILA (2021). https://www.aila.org/library/uscis-provides-guidance-on-afghan-special

EEUU expande su programa de refugiados afganos. APNews (2021). https://apnews.com/article/7fbd7242b05594d1025eeb6bd53f1751