Es importante que sepas que el uso de cubrebocas es obligatorio en Chihuahua.
El 14 de noviembre se publicó en Periódico Oficial del Estado (POE) la Ley que Regula el Uso Obligatorio de Cubrebocas y demás Medidas para Prevenir la Transmisión de la Enfermedad COVID-19 en el Estado de Chihuahua.
¿En dónde es obligatorio portar el cubrebocas?
- Cualquier vía
- Espacios públicos o de uso común
- Adentro de establecimientos
- Centros de trabajo de cualquier ramo
- Centros comerciales
- Oficinas públicas
- Transporte
¿Cuáles son las sanciones si no obedeces la Ley?
Las sanciones presentadas en la Ley son las siguientes:
- Amonestación
- Entrega material médico por hasta 5 veces el valor diario de la UMA ($434.40), previa amonestación.
- Trabajo comunitario.
- Multa, previa amonestación, cuyo monto se puede duplicar en caso de reincidencia. La multa consiste en el pago de:
-Hasta 15 veces el valor diario de la UMA* ($1,303.20), en el caso de propietarios o administradores de establecimientos comerciales, industriales, empresariales, de negocios o de servicios.
-Hasta 5 veces el valor diario de la UMA* ($434.40), en el resto de los casos.
- Clausura temporal, de manera parcial o total.
- Arresto hasta por 12 horas, previa aplicación de cualquier otra de las sanciones.
* Unidad de Medida y Actualización (UMA) es una unidad medida en pesos mexicanos para determinar el pago de obligaciones, para el 2021 el valor diario es de: $ 89.62.
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