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Si has sufrido alguna afectación por algún fenómeno natural (como huracanes, sismos o inundaciones), si estás en peligro de vida o muerte, si huyes de la violencia, si quieres ingresar a México para realizar acciones de rescate en situaciones de emergencia en el país, o atender a un familiar por encontrarse en estado grave de salud, puedes tramitar una visa por razones humanitarias.

Una persona o una dependencia de Gobierno Federal, Estatal o Municipal de México, podrá presentar ante el Instituto Nacional de Migración (INM) una solicitud de autorización de visa por razones humanitarias a favor de una persona extranjera.

¿Qué se debe demostrar? 

La persona debe ser mexicana, o extranjera residente temporal o permanente en el país, y ser familiar de la persona extranjera. En este caso, se podrá presentar la solicitud de autorización de visa por razones humanitarias cuando: 

  • La persona extranjera para la que se requiere la visa se encuentre en situación de peligro a su vida o integridad por violencia o desastre natural debidamente acreditado
  • El solicitante requiera asistencia de su familiar por encontrarse en estado grave de salud

La dependencia de Gobierno Federal, Estatal o Municipal puede requerir, por interés público, el ingreso de una persona extranjera miembro de alguna agrupación pública, privada o social, para que apoye en acciones de auxilio o rescate en situaciones de emergencia o desastre en territorio nacional.

Documentos necesarios 

En caso de ser persona física: 

  • Carta responsiva por parte del promovente, asumiendo los gastos de viaje y permanencia que genere la estancia de la persona extranjera en el país
  • Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido y vigente de la persona extranjera para la que se solicita la visa 
  • Identificación oficial vigente del promovente, y actas de nacimiento o matrimonio que acrediten parentesco
  • Escrito libre con firma autógrafa del promovente, en el que señale que su familiar es víctima de catástrofe natural o se encuentra en situación de peligro a su vida o integridad por violencia o desastre natural
  • Certificado o constancia médica en papel membretado, emitido por una institución pública de salud, en la que conste el estado de salud grave del promovente

En caso de ser una dependencia de Gobierno:

  • Carta responsiva por parte del promovente, asumiendo los gastos de viaje y permanencia que genere la estancia de la persona extranjera en el país
  • Pasaporte o documento de identidad y viaje que sea válido y vigente de la persona extranjera para la que se solicita la visa
  • Escrito en papel membretado, suscrito por autoridad competente de alguna dependencia de la Administración Pública Federal, Estatal o Municipal, en el que expresamente cite las disposiciones jurídicas y preceptos que facultan a quien lo suscribe para realizar la gestión, y exponga las actividades o funciones específicas en tiempo, modo y lugar que realizará la persona extranjera

¡El trámite es totalmente gratuito! 

Puedes empezar a realizar tu trámite en línea desde esta liga de acceso: https://www.inm.gob.mx/mpublic/publico/inm-tramites.html.

De manera presencial, puedes acudir a la oficina del Instituto Nacional de Migración que corresponda al domicilio del interesado. El instituto cuenta con 32 oficinas de representación ubicadas en todo el territorio mexicano, en donde puedes realizar tus trámites migratorios; accede a la siguiente liga para conocer la ubicación de cada una de ellas: https://www.inm.gob.mx/gobmx/word/index.php/horarios-y-oficinas/.

 

¿Sabías que puedes regularizar tu situación migratoria por razones humanitarias a fin de permanecer en México?

Si estás en México, puedes regularizar tu situación migratoria por razones humanitarias presentando los siguientes documentos:

También debes de presentar los documentos que acrediten algunos de los siguientes supuestos: 

  • Si has sido víctima, ofendido o testigo de un delito grave en México, debes presentar copia certificada de la denuncia o constancia expedida por la Fiscalía o Juzgado de la que se derive dicha calidad, o acuerdo emitido por la autoridad migratoria con base en la manifestación de la persona extranjera y demás elementos de los que se derive el carácter de testigo o víctima de esta
  • Si eres solicitante de asilo político, debes presentar la constancia o acuse de recibo de la solicitud por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE)
  • Si eres solicitante de la condición de refugiado, debes presentar la constancia emitida por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR)
  • Si eres solicitante de la determinación de apátrida, debes presentar la constancia de inicio del procedimiento de determinación de apátrida emitida por la autoridad migratoria
  • Si se le otorgo refugio o protección complementaria, debes presentar la resolución de la COMAR en la que se reconozca tales condiciones
  • Si se le otorgó asilo político, debes presentar la resolución de la Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE) que así lo acredite
  • En caso de determinación de apátrida, deberás presentar la resolución de la autoridad migratoria correspondiente que así lo acredite

¡El trámite es totalmente gratuito! 

Puedes empezar a realizar tu trámite en línea desde esta liga de acceso: https://www.inm.gob.mx/mpublic/publico/inm-tramites.html.

La autoridad migratoria verificará el cumplimiento de los requisitos y emitirá una resolución dentro de un plazo de 20 días hábiles. Tambien puedes acudir a la oficina del Instituto Nacional de Migración que corresponda al domicilio del interesado. El instituto cuenta con 32 oficinas de representación ubicadas en todo el territorio mexicano, en donde puedes realizar tus trámites migratorios; accede a la siguiente liga para conocer la ubicación de cada una de ellas: https://www.inm.gob.mx/gobmx/word/index.php/horarios-y-oficinas/.

 

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Fuentes de información:

Ley de Migración. Cámara de Diputados (2022). https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LMigra.pdf

Reglamento de la Ley de Migración. Cámara de Diputados (2014). https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/regley/Reg_LMigra.pdf

Visa por razones humanitarias. Instituto Nacional de Migración. https://www.gob.mx/tramites/ficha/visa-por-razones-humanitarias/INM74

Regularización por razones humanitarias. Instituto Nacional de Migración. https://www.gob.mx/tramites/ficha/regularizacion-migratoria-por-razones-humanitarias/INM791